arba – La noticia urbana https://www.lanoticiaurbana.com POR VALERIA TRONGÉ Thu, 25 Sep 2025 20:25:36 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=4.9.26 https://www.lanoticiaurbana.com/wp-content/uploads/2018/05/cropped-29497252_1991058104492572_5906262659282834408_n-32x32.jpg arba – La noticia urbana https://www.lanoticiaurbana.com 32 32 [Proyecto] Fabio Britos: Solicita a ARBA que los mayores de 60 años no estén obligados a adherirse a la boleta electrónica https://www.lanoticiaurbana.com/proyecto-fabio-britos-solicita-a-arba-que-los-mayores-de-60-anos-no-esten-obligados-a-adherirse-a-la-boleta-electronica/ https://www.lanoticiaurbana.com/proyecto-fabio-britos-solicita-a-arba-que-los-mayores-de-60-anos-no-esten-obligados-a-adherirse-a-la-boleta-electronica/#respond Tue, 16 Feb 2021 12:44:00 +0000 https://www.lanoticiaurbana.com/?p=21255 El legislador  chivilcoyano solicita a ARBA que los mayores de 60 años no estén obligados a […]

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El legislador  chivilcoyano solicita a ARBA que los mayores de 60 años no estén obligados a adherirse a la Boleta Electrónica, señalando que  este pedido se fundamenta en la dificultad que le genera a muchos adultos mayores el uso de la tecnología.-
Así lo detalló mediante sus redes sociales, en las que puntualizó el pedido al organismo para que modifique la Resolución 48/17 para que los mayores de 60 años no sean obligados a adherirse a la Boleta Electrónica, porque causa muchos inconvenientes en los contribuyentes de esa franja etaria, “ya que no están acostumbrados a manejarse con los adelantos tecnológicos que requiere la normativa. Se puede implementar de manera gradual pero hacerlo compulsivamente causa un nuevo trastorno a quienes tienen voluntad de cumplir con su obligación de pagar”.

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[Ingresos Brutos] Beneficios por la pandemia para más de 200 actividades https://www.lanoticiaurbana.com/ingresos-brutos-beneficios-por-la-pandemia-para-mas-de-200-actividades/ https://www.lanoticiaurbana.com/ingresos-brutos-beneficios-por-la-pandemia-para-mas-de-200-actividades/#respond Tue, 19 Jan 2021 12:41:17 +0000 https://www.lanoticiaurbana.com/?p=20687 Pymes, microempresas y otros contribuyentes bonaerenses ya pueden acceder a la exención de hasta 50% en […]

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Pymes, microempresas y otros contribuyentes bonaerenses ya pueden acceder a la exención de hasta 50% en Ingresos Brutos.
 
La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) instrumentó la exención de hasta un 50% en el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para favorecer a los contribuyentes que fueron más perjudicados por la pandemia. La resolución abarca a operaciones devengadas entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2020 y se extiende a un conjunto de 206 actividades económicas.
“Estamos trabajando para acompañar a los sectores que se han visto más golpeados por la pandemia”, aseguró el gobernador Axel Kicillof y agregó: “Somos conscientes de la situación complicada que están atravesando muchos contribuyentes, pero vamos a salir adelante con trabajo, solidaridad y un Estado presente”.
El beneficio “forma parte del programa de asistencia tributaria que comenzamos a implementar el año pasado para ayudar a la recuperación de los sectores productivos que, a causa de la pandemia, vieron afectada su actividad económica y debieron soportar una importante pérdida de ingresos”, explicó el Gobernador.
“La exención alcanza el 50% en el caso de microempresas, comercios, pymes y pequeños contribuyentes, entre ellos negocios de productos no esenciales y rubros como turismo, cultura, gastronomía y deporte”, detalló Kicillof, a la vez que señaló que “para las empresas más grandes el beneficio será del 15%”.
De acuerdo a la resolución de ARBA que se publica hoy en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires, y reglamenta el Decreto 1252/2020 que estableció la exención parcial en Ingresos Brutos, los contribuyentes tienen que ingresar a arba.gob.ar para verificar si se encuentran alcanzados por la medida.
Ya en la web del organismo, deben acceder a la solapa “Contribuyentes”, seleccionar “Ingresos Brutos”, luego “Consultas” y “Beneficio Decreto 1252/2020”. Una vez digitada la CUIT y clave fiscal, el sistema les confirmará si cumplen las condiciones para recibir la exención.
En caso de que estén alcanzados por la medida, serán los propios contribuyentes quienes aplicarán el beneficio (en función del porcentaje de la exención que les corresponda), detallando en sus declaraciones juradas de Ingresos Brutos cuál es el monto imponible que estará exento.
Por su parte, quienes ya tengan presentadas las declaraciones juradas correspondientes a los meses de 2020 incluidos en el período de exención parcial, deberán rectificar las mismas y modificarlas aplicándoles el beneficio respectivo.
Dentro de las más de 200 actividades alcanzadas por la medida, se encuentra el cultivo de plantas y flores; la fabricación de instrumentos musicales; construcción, instalaciones de electricidad, gas, carpintería, pintura, etc.; lavaderos de vehículos; venta de indumentaria, libros, óptica, calzado, muebles, electrodomésticos, relojería y otros productos.
También los servicios de transporte; inmobiliarios; profesionales; alojamiento; gastronomía; turismo; alquiler de diversos artículos; edición de libros y publicaciones; producción audiovisual; desarrollo de software; guarderías; jardines; enseñanza; deporte; recreación; entretenimiento; espectáculos; peluquerías; y estéticas.
Para acceder a la exención parcial, entre otros requisitos, los contribuyentes deberán estar inscriptos en el “Programa Buenos Aires ActiBA” del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense.
Esta resolución se suma a otras medidas de asistencia que ARBA implementó a lo largo de 2020 para ayudar a contribuyentes afectados por la pandemia, como la reducción de alícuotas, las mejoras en el proceso de devolución de saldos a favor, la extensión de plazos para poder pagar impuestos sin perder los descuentos por cumplir en término y los planes con facilidades para regularizar deudas.

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