Los concejales de Juntos por el cambio, presentaron un Proyecto para la implementación de sesiones plenarias, reuniones de comisión, y cualquier otra actividad propia de la función legislativa, mediante el uso de la plataforma TICs .-
Considerando La situación de emergencia Nacional y Provincial relacionada con las medidas tendientes a evitar y/o mitigar la propagación del coronavirus (Covid- 19), el Honorable Consejo Deliberante ha dejado de sesionar y realizar reuniones comisiones, llevando más de un mes ya de esta situación.-
Teniendo en cuenta que el estado de aislamiento obligatorio señalado impide de manera absoluta el funcionamiento del cuerpo en los términos en que lo prevén las leyes y el Reglamento Interno.
“Creemos indispensable y urgente, retomar las actividades legislativas, y reiteramos nuestro pedido para sesionar de manera online, y retomar la actividad”
En muchos municipios de la zona, se están realizando las sesiones de manera virtual, por lo tanto proponemos de manera urgente, que el cuerpo de concejales se reúna virtualmente para retomar la actividad, y consensuar la mejor manera tecnológica para realizar las sesiones y reuniones.
Como concejales elegidos por el pueblo, debemos estar en plena actividad legislativa, y declarar al Honorable Concejo Deliberante en estado de sesión permanente, y trabajar conjuntamente con el Departamento Ejecutivo cuando el Intendente asi lo requiera, en esta situación tan crítica.
Resumen del Proyecto:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CHIVILCOY SANCIONA CON FUERZA DE DECRETO
Artículo 1°: El Concejo Deliberante de Chivilcoy podrá disponer sesiones plenarias, reuniones de comisión, y cualquier otra actividad propia de la función legislativa, mediante el uso de la plataforma TICs que se establezca a tal efecto con la modalidad de videoconferencia.
Artículo 2°: La utilización de la plataforma TICs bajo la modalidad de videoconferencia es de carácter excepcional y deberá ser instrumentada por el Presidente del Concejo Deliberante cuando por causas graves sea imposible sesionar total o parcialmente de modo presencial, y mientras dicho impedimento subsista.
Artículo 3°: La plataforma Tics utilizada garantizará a los concejales la interacción en audio y video, simultánea y en tiempo real entre todos los miembros de la sesión, posibilitando el cumplimiento de la participación de cada concejal con voz y voto.
De las reuniones de comisión
Artículo 16°: El Presidente del Concejo podrá facultar de modo excepcional a las comisiones permanentes y especiales a reunirse y, en su caso, a dictaminar sus asuntos a través de reuniones virtuales.
Gabriel Fagliano José Ferro