Así lo detalló en conferencia de prensa del día de hoy, el intendente Guillermo Britos quién destacó que “entendemos que si puede determinar que va a trabajar no necesita ningún certificado” y bregó a las agencias de remises “la responsabilidad que amerita el momento” en el marco del traslado de trabajadores esenciales.-
Cabe destacar que entre las nuevas disposiciones del gobierno de Axel Kicillof que afectan a los 118 municipios que se encuentran en fases 3 y 4 se encuentra Chivilcoy.
La mayor parte de diflucan ohne rezept onlinekamagra kaufen las localidades de la provincia de Buenos Aires -118 de las 135- se verán afectadas por las nuevas medidas implementadas por el gobierno de Axel Kicillof para frenar la suba de casos de coronavirus en territorio bonaerense.
Con el nuevo criterio, solo 17 administraciones municipales no deberán aplicar las recientes restricciones. Sus habitantes y visitantes enfrentarán multas millonarias si participan o se involucran de alguna forma en fiestas clandestinas.
En vistas de la publicación del Decreto N° 4/2021 del Poder Ejecutivo Nacional, las autoridades bonaerenses dispusieron:
1. Continuar empleando el sistema de fases vigente para la habilitación de actividades y servicios en los 135 distritos de koupit cialis czech republic bez receptu la provincia, de acuerdo con su situación epidemiológica y sanitaria. En la actualidad 17 municipios se encuentran en Fase 5, 109 en Fase 4 y 9 en Fase 3.
2. En los municipios que se encuentran en fases 3 y 4 se suspenderá entre las 01.00 y las 06.00 horas toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa, exceptuando las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales de acuerdo a la normativa vigente.
3. Reducir las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos.
4. Restringir el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales.
5. Reforzar todos los controles, tanto provinciales como municipales, para disminuir la circulación de personas en horarios nocturnos y evitar la realización de actividades no permitidas. Las denuncias de fiestas clandestinas se reciben a través del 911 y de la línea (221) 429-3386, dispuesta por el Ministerio de Seguridad, la cual funciona viernes, sábados y domingos de 22.00 a 06.00 horas exclusivamente para este tipo de delitos.
6. Habilitar a las autoridades municipales el control del cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, previsto en el Decreto N° 255/2020 y modificatorios, y la aplicación de las multas correspondientes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto-Ley N° 8841/77 y modificatorias.
7. En el caso de fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social preventivo y obligatorio” en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, además de las sanciones previstas en el art. 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos ($3.364.000), tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.
8. El día martes 12 de enero se actualizarán las disposiciones en base a la nueva situación epidemiológica y sanitaria de la provincia y sus 135 distritos.